En el fallo el Dr. Juan Carlos Marchese, juez de Circuito Judicial Nº 29 de San Vicente, establece que Estudiantes de La Plata –institución que participa de la Superliga- deberá pagarle al club Bochófilo Bochazo de la Liga Rafaelina, una suma importante de pesos por los inicios del jugador Facundo Sánchez.
“Esta decisión da así plena legitimidad a un derecho que largamente vienen peleando los clubes de barrio y clubes formadores, que se plasmó en Ley 27211, sancionada y promulgada en noviembre de 2015 y para cuya redacción trabajamos con un equipo de profesionales especialistas provenientes de ALADDE (Asociación Latinoamericana de Derecho del Deporte), a los que se sumaron miembros del Movimiento Social del Deporte”, dice Giaccone.
La legislación, plenamente vigente, establece que las entidades deportivas formadoras, o sea aquellos clubes que aportaron al adiestramiento, entrenamiento y perfeccionamiento de la calidad y destreza del atleta involucrado en la práctica de una disciplina amateur o profesional desde la infancia, deben recibir una compensación económica cuando ese atleta ingrese al profesionalismo, y por cada transferencia posterior.
La diputada destacó que “ley es aplicable a todos los deportes en todas sus disciplinas, y el Derecho establecido en esta norma se adquiere cuando el deportista se haya inscripto federativamente”. Explicó además que el período de un deportista en formación se considera “entre los 9 y 18 años de edad”. Y la compensación que corresponda abonar en concepto de Derecho de Formación Deportiva, “es la suma del cinco por ciento (5%) sobre el valor bruto del pago total y por todo concepto. En los deportes colectivos se hace efectiva cuando el deportista, siendo amateur, celebra el primer contrato profesional, y luego cada vez que se produzca una transferencia de derechos federativos o que se suscribe un nuevo contrato”.